
La afiliación al SAS es obligatoria para los matriculados en el C.P.C.E.E.R., excepto quienes registren domicilio real en otra jurisdicción y acrediten fehacientemente que poseen cobertura social primaria (obra social, prepaga u otro sistema de cobertura de salud).
La afiliación a SPS es obligatoria para los matriculados en el C.P.C.E.E.R.