Institucionales

Dispensa transitoria en la aplicación de la RT 54

30 Marzo, 2026

La Secretaría Técnica informa que a través de la Disposición de Mesa Ejecutiva N° 67, se ha adoptado la Resolución de Junta de Gobierno N° 660/2026 de la FACPCE, referida a la aplicación inicial de la Resolución Técnica N° 54 (NUA).

 

¿Qué implica esta resolución?

Para los estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025, que constituyan los primeros preparados bajo RT 54, se admite —con criterio profesional— una dispensa transitoria en materia de presentación (exposición).

 

Alcance de la Dispensa

  • Es exclusivamente sobre aspectos de exposición (presentación de la información).
  • No modifica ni flexibiliza los criterios de: reconocimiento, medición o baja en cuentas.

Estos deben aplicarse íntegramente conforme a la RT 54.

 

Condiciones a tener en cuenta

Para su aplicación, se deberá verificar que:

• Se utilice únicamente en el primer ejercicio de aplicación.
• Se cumplan todos los requerimientos de información a revelar, incluyendo la mención expresa del uso de la dispensa.
• La presentación adoptada sea consistente con los criterios de la RT 54.

 

Esta medida tiene carácter excepcional y transitorio, y busca facilitar la implementación inicial de la RT 54 sin alterar el cumplimiento integral de la norma.

 

Ante dudas o consultas, podrán comunicarse con la Secretaría Técnica de su Delegación.


 

Accede a la Disposición de Mesa haciendo click aquí.

y descargá la Resolución  JGN° 660 de FACPCE aqui.