cpceer

Síndicos

Los profesionales que deseen actuar como Síndicos en procesos de materia concursal ante los juzgados competentes de la Provincia de Entre Ríos, podrán inscribirse en las siguientes categorías:

Síndicos Categoría A

Estudios Contables

  • Deberá estar integrado por al menos 3 contadores públicos cuya mayoría esté en condiciones legales de ejercer la sindicatura concursal y donde al menos 2 de sus integrantes cuenten con título de posgrado en especialización en sindicatura concursal.
  • También deberán proponerse 2 contadores suplentes que reúnan los requisitos, uno de los cuales, al menos, deberá contar con el título de especialización en sindicatura concursal.
  • El Estudio deberá estar inscripto en el “Registro de Asociaciones de Profesionales Universitarios” del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos.
  • Cumplir los requisitos para “Síndicos Categoría B”.

Síndicos Categoría B

  • Contador Público matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Entre Ríos, en condición de activo. Los profesionales que se encuentren con su Matrícula Autobloqueada o Inactiva no pueden inscribirse.
  • Encontrarse al día con el pago del Derecho de Ejercicio Profesional.
  • Acreditar una antigüedad mínima de 5 años en la matrícula antes del 31 de diciembre del año en que se abren los registros de postulantes.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de la Sindicatura por cualquier razón y/o causa.
  • Domicilio especial constituido en la jurisdicción que desea inscribirse.
  • Domicilio electrónico (Acuerdo General Nº 15/18 del 29/05/2018 del STJER).

La convocatoria a inscripción es realizada por el Consejo Profesional cada 4 años.

 

OTROS FUNCIONARIOS CONCURSALES

EVALUADORES

Puede ser desempeñada por bancos de inversión, entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, o estudios de auditoría con más de 10 años de antigüedad.

ENAJENADORES

La tarea de enajenación de los activos de la quiebra puede recaer en martilleros, bancos comerciales o de inversión, intermediarios profesionales en la enajenación de empresas, o cualquier otro experto o entidad especializada.

COADMINISTRADORES

Su designación debe recaer en personas especializadas en el ramo respectivo o graduados universitarios en administración de empresas.

Los interesados deberán registrar su inscripción ante la Cámara respectiva.

Responsabilidad Profesional

Los casos de sanciones a Síndicos por incumplimiento de sus respectivas funciones son remitidos al Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional.

Recordamos que es condición necesaria para jerarquizar la profesión, cumplir con las obligaciones asumidas y obviamente este tipo de conductas desvaloriza la percepción que las partes involucradas se forman de los profesionales en Ciencias Económicas. Por tal motivo, recomendamos a los colegas que se inscriban para tales cargos informarse debidamente de sus obligaciones, términos de cumplimiento y demás requerimientos para actuar diligentemente en su tarea.

Reglamentos Síndicos y otros Funcionarios Concursales

Jurisdicciones por Cámara
Convocatoria a Inscripción Síndicos y otros Funcionarios Concursales
Instructivo para Inscripción Síndicos
Listas Provisorias Síndicos
Impugnación
Listas Definitivas Síndicos
Open chat
1
Hola, en qué te podemos ayudar?